La Historia de esos días

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22 de septiembre de 2011

Estados aún castigan infidelidad de mujeres


Penas de tres días a 12 años de cárcel aplican a hombres homicidas



Por Natalia Gómez Quintero

En México hay 10 entidades federativas en las que aún se considera el homicidio por razón de honor, con penas inferiores para el responsable de privar de la vida a la mujer que comete un acto de infidelidad.
La tipificación de este delito, incluye, entre otros supuestos, que “al que sorprendiendo a su cónyuge en un acto carnal o próximo a su consumación, la mate”, lo que constituye una atenuante para los responsables del crimen.

Los estados con penas muy bajas son Baja California, de tres a ocho años; Baja California Sur, de cuatro a 10 años; Campeche, de tres días a tres años; Chiapas, de dos a ocho años; Jalisco, de ocho a 12 años; Michoacán, de tres días a cinco años; Nayarit, de tres a seis años; San Luis Potosí, de cuatro a 10 años; Yucatán, de dos a cinco años, y Zacatecas, de tres a seis años.

Las entidades que aún contemplan en sus códigos penales el homicidio por razón de honor, son: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Jalisco, Michoacán, Nayarit, San Luis Potosí, Yucatán y Zacatecas.

La presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), Rocío García Gaytán, hizo un llamado a los congresos locales de dichas entidades para derogar esos artículos de los códigos penales, y establecer penas más severas para sancionar a los responsables.

La funcionara federal consideró que esas leyes “son retrógradas y anticonstitucionales y violan la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia”.

Explicó que esas disposiciones penales son violatorias de las recientes reformas constitucionales en materia de derechos humanos que publicó el presidente Felipe Calderón en el Diario Oficial de la Federación, el 10 de junio, por lo que exhortó a que se inicie el proceso de armonización legislativa.

La funcionaria del Inmujeres comentó que “se debe llamar la atención de los legisladores desde este momento, toda vez que de continuar con esta tendencia se dejaría abierta la posibilidad de seguir atentando contra la vida de las mujeres, bajo el argumento de un arrebato pasional”.

Argumentos en defensa

García Gaytán aseguró que el homicidio por razón de honor es contrario a los diversos instrumentos internacionales —sobre derechos humanos de las mujeres— que México ha firmado, entre ellos la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará).

Todos los estados tenían tipificado el delito de homicidio por razón de honor, pero a partir de mediados de la década de los 90 las entidades del norte del país empezaron a derogarlo.

García Gaytán dijo que varios de los estados argumentan que no la derogan porque de cualquier forma no se aplica esa ley desde hace años: “En vez de defender la libertad de las personas, se defiende al dueño, es decir, al esposo. Además, si la mujer es soltera, la pena es más baja; si es casada, es más alta, porque afecta la honra del dueño, por ello estos artículos se deben derogar”.


Nota de El Universal, Jueves 22 de septiembre de 2011

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